By Andres Lopez on Viernes, 09 Mayo 2025
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Estudios de agentes contaminantes biológicos

Estudios acreditados con alcance para analizar los límites de exposición a agentes biológicos de acuerdo al RFSST.

NOM-047-SSA1-2011, Salud ambiental-Índices biológicos de exposición para el personal ocupacionalmente expuesto a sustancias químicas.

NOM-010-STPS-2014, Agentes químicos contaminantes del ambiente laboral: reconocimiento, evaluación y control.

Artículo 41 del RFSST. Con motivo de la exposición de los trabajadores a agentes biológicos capaces de alterar su salud, los patrones deberán:
I.     Contar con un estudio de los contaminantes biológicos del ambiente laboral para prevenir alteraciones a la salud de los trabajadores;
II.    Efectuar el Reconocimiento de los contaminantes biológicos del ambiente laboral;
III.    Colocar señalamientos de precaución, obligación y prohibición en las áreas donde exista exposición a contaminantes biológicos;
IV.   Controlar el acceso de trabajadores, materiales y objetos susceptibles de contaminación a zonas restringidas;
V.    Realizar la Evaluación sobre la concentración de los contaminantes biológicos del ambiente laboral con la frecuencia requerida;
VI.   Establecer Medidas de Control para no exponer a los trabajadores a materiales contaminados por microorganismos patógenos;
VII.  Proporcionar el Equipo de Protección Personal para proteger al Personal Ocupacionalmente Expuesto;
VIII.  Disponer de áreas específicas para la descontaminación del Personal Ocupacionalmente Expuesto y de los componentes, herramientas y equipos;
IX.   Practicar exámenes médicos al Personal Ocupacionalmente Expuesto;
X.    Informar a los trabajadores sobre los Riesgos a la salud por la exposición a los contaminantes biológicos del ambiente laboral;
XI.   Capacitar al Personal Ocupacionalmente Expuesto sobre el manejo y Control de los contaminantes biológicos del ambiente laboral;
XII.  Expedir autorizaciones por escrito para la ejecución de actividades que impliquen un Riesgo por el manejo de agentes biológicos, y
XIII.  Llevar los registros del personal autorizado para el desarrollo de actividades que impliquen un Riesgo por el manejo de agentes biológicos; el Reconocimiento, Evaluación y Control efectuados, y los exámenes
médicos practicados.

 

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